José
Alberto Padilla Escamilla
@jospad33
La igualdad de los derechos laborales a través de la homologación
de los apartados “A” y “B” del artículo 123 Constitucional, para lograr la
justicia laboral.
El presente ensayo nos
lleva a conocer una parte fundamental de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, esto es, el artículo 123, fundamento de las garantías
sociales, precursor y vanguardista del socialismo constitucional, el cual ha
tenido numerosas modificaciones con motivo de adecuar el derecho positivo a la
realidad social con el propósito de lograr la viabilidad jurídica.
Sin duda, los
derechos laborales de los trabajadores de México son uno de los logros sociales
más importantes de la historia del país. Consagrados en la Constitución de
1917, como parte fundamental del Estado social nacido tras la lucha
Revolucionaria, los derechos laborales tienen como objetivo fundamental el
garantizar al trabajador mexicano las condiciones de un trabajo digno.
Por lo que en este ensayo
realizaremos un análisis del artículo 123 de la Constitucional Política de los
Estados Unidos Mexicanos, para identificar a través de sus apartados “A” y “B”
sus semejanzas y diferencias, ya que al haberse agregado el apartado “B”, al
texto original del artículo 123, se distinguieron dos clases de trabajadores:
los subordinados a los particulares y los subordinados al Estado Federal, lo
cual marcó una situación distinta para cada sector, al igual que distintas
leyes reglamentarias, distintas autoridades para solucionar los conflictos, y
desde luego prestaciones laborales diferentes, lo que rompió con el principio
de igualdad laboral, ya que el constituyente de 1917 al crear el artículo 123
Constitucional no hizo diferencia alguna entre los trabajadores, ya que no tuvo
el propósito de crear regímenes de excepción, en lo que al trabajo concierne,
ya que lo concibió de manera general; por ello es que plasmó en la Constitución
un solo artículo sin apartados, esto es, un régimen aplicable para todos los
trabajadores.
Por tal motivo nos
adentraremos en el estudio del artículo 123 Constitucional a efecto de
Identificar a través de sus apartados “A” y “B” si se rompe con el principio de
igualdad, así mismo analizaremos la viabilidad para que se homologuen los
apartados “A” y “B” del citado artículo para garantizar el principio de
igualdad laboral, que tiene por objeto evitar privilegios inequitativos, para
otorgar a los individuos iguales derechos, logrando la justicia laboral en
razón de la problemática que genera la existencia de dos apartados en los que
se prevén distintas leyes reglamentarias, distintas autoridades para solucionar
los conflictos, y desde luego prestaciones laborales diferentes, por lo que se
hace necesario que solo exista un solo apartado en el cual existan las mismas
prestaciones laborales para todos los trabajadores.
En relación con el tema
que nos ocupa encontramos la filiación entre la “Teoría de la Justicia como
imparcialidad” y la igualdad de los derechos laborales, ya que partiendo de la citada
Teoría de John Rawls, se determinara que el derecho no siempre es justo, por lo
que abra que analizar la justicia, la igualdad, y la equidad, como parte del
derecho.
La virtud de la Justicia
debe ser invariablemente un instrumento del Estado para satisfacer aquellas
necesidades que la sociedad conforme va cambiando va requiriendo cuyo fin o
propósito radica en: “…elaborar una
teoría de justicia que sea una alternativa viable a las doctrinas que han
dominado largamente nuestra tradición filosófica”.
Esta afirmación conduce a
que inevitablemente el ordenamiento jurídico siempre se tendrá que adecuar a
las necesidades que va teniendo la sociedad, también lleva a admitir que existe
la evidente necesidad de modificar o adecuar la ley a nuestra realidad social a
efecto de encontrar una solución a la problemática social.
En su obra “Justicia como
Imparcialidad”, John Rawls, nos muestra la importancia de alcanzar una Sociedad
más “JUSTA”, en la cual en algún momento los
hombres, como seres racionales, acuerdan asociarse para realizar diversos
fines, satisfacer múltiples necesidades y alcanzar la justicia.
Por otro lado es conveniente citar
la Teoría de la equidad de J. Stacy Adams, que se fundamenta bajo el
principio de comparación social, toda vez que las personas comparan su trabajo
con el de sus colegas para determinar si todo el mundo está siendo tratado por
igual y si hay justicia.
Dicha teoría se concentra “en los sentimientos de una personal respecto
a con qué grado de equidad se le trata en comparación con las demás”. Sostiene
que el individuo se compara con otros individuos para ver si está siendo
tratado de manera equitativa y de no ser así, se desmotiva.
Por otra parte el distinguido filósofo de la política y catedrático de
ciencias sociales, Michael Walser, da respuesta
a varias interrogantes en su obra “Las Esferas de la Justicia”, ya que
lejos de definir el igualitarismo político como una mera eliminación de
diferencias, el autor lo considera el principio para alcanzar una sociedad
libre de dominación. Al reconocer que el concepto de igualdad es complejo en
sí.
Las teorías a que se ha
hecho alusión sustentan una solución a la problemática actual por las
diferencias que existen entre las prestaciones laborales que contemplan los
apartados “A” y “B” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, ya que dichas diferencias rompen con el principio de igualdad laboral de los trabajadores, toda
vez que generan privilegios equitativos, y por ende no se alcanza la justicia
laboral.
Por lo tanto la finalidad
de llevar a cabo la homologación de los apartados “A” y “B” del artículo 123 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fundamento de los
derechos sociales, es para garantizar el principio de igualdad laboral de los
trabajadores que tiene por objeto evitar privilegios inequitativos, para
otorgar a los individuos iguales derechos, logrando la justicia laboral.
En conclusión, podemos
señalar que la aplicación de los principios establecidos por John Rawls, J. Stacy Adams y Michael Walser en el
presente ensayo expresan la justicia como un conjunto de tres ideas: Libertad, Igualdad, equidad y retribución
por los servicios que contribuyan al bien común.
Fuentes
de consulta
Rawls John, Teoría de la Justicia , Ed. Fondo de
Cultura Económica, México 2006.
Walser Michael, Las Esferas de la
Justicia, Editorial Fondo de Cultura Económica, México 1993.