02 agosto 2012

“Sustracción ilícita de bienes y mercancías en tiendas de autoservicio y departamentales en Jalisco”


Oscar Raúl López Martínez
oscarlopma@hotmail.com
@oscar_lopez10
Maestría en Derecho Penal y Criminología calendario 2012-A

Palabras Clave: Sustracción, Bienes, Mercancía, Robo, Ilícito, Apoderamiento, Tienda departamental, Tienda de autoservicio.

En la actualidad se presenta constantemente la sustracción de objetos de las tiendas de autoservicio o departamentales; esta actividad ilícita es la de mayor incidencia en nuestro estado  y el perjuicio económico que se causa a las tiendas de autoservicio o departamentales, fácilmente supera de manera global, el monto de los ilícitos que por robo de vehículo o casa habitación se genera en nuestro estado.
La actividad de la autoridad en la persecución de dicha conducta se vuelve inútil en su combate, ello como consecuencia que este tipo de conducta no se encuentra debidamente regulada en nuestra legislación local penal, y en la actualidad en una indebida interpretación de la norma se pone en marcha la maquinaria jurisdiccional de las autoridades en materia penal, pero lógico es que los responsables viven y gozan de impunidad total, pues se les instruye procesos por el delito de ROBO cuando para la autoridad ministerial le resulta imposible el acreditar el elemento indispensable del robo que se traduce en el apoderamiento ilícito del bien.
El estudio o desarrollo del presente trabajo de investigación, surge de la inquietud que como funcionario público, abogado postulante y representante legal de tiendas de autoservicio, en un lapso de dieciocho años, me ha permitido  observar  el hecho de que las personas que sustraen objetos de las tiendas de autoservicio o departamentales, son detenidas pero en un lapso muy corto  quedan en libertad y constantemente reinciden en la realización de la misma conducta, y debo reiterar que ello se genera como consecuencia de  la indebida interpretación que a la norma del tipo penal de robo generan nuestras autoridades y a la falta de regulación literal de la sustraccion de bienes, ya que ello genera que el Ministerio Publico acusador este totalmente imposibilitado a probar plenamente la responsabilidad del activo y por tanto al juez para condenarlo.
Es entonces, cuando me he preguntado, Ante una conducta dañosa, independientemente de la afectación que ésta produce a quien la reciente, ¿se permitirá que la impunidad siga actuando en este tipo de situaciones?
Debiendo destacar que se trata de una conducta dolosa y que es obligación del estado castigar al responsable, sin importar si sustrajo un dulce o un televisor  y más aun, cuando en la conducta ilícita que planteo quien la comete, con voluntad manifiesta, generan actos encaminados a dañar en su patrimonio a las tiendas de autoservicio y departamentales.
Por tanto el presente trabajo tiene la finalidad de analizar como problema social la sustracción ilícita de bienes y mercancías en tiendas de autoservicio y departamentales en Jalisco y su marco regulatorio con el fin de brindar mejor seguridad a las mismas.
Raúl Carnevali Rodríguez, señala que el robo a tiendas de autoservicio y departamental, no es un tema menor,  pues señala que  hay que considerar que buena parte de la carga de trabajo, tanto de fiscales como de defensores, guarda relación con esta clase de delitos.
Y además refiere que  no se puede pasar por alto la intensa y sorprendente actividad legislativa que esta esfera de delitos genera, pues señala que se debe hacer aún más rigurosa su persecución y sanción.
Los legisladores de los estados de Yucatán, Quintana Roo, Aguascalientes y Morelos,  actualmente tienen como vigente la norma calificativa del delito de robo a tienda de autoservicio o departamental en sus legislaciones penales.
La ANTAD (Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales) a través  de su presidente, el señor Vicente Yáñez Solloa, quien señala que a partir de este año las 19 mil 046 tiendas entre autoservicios, departamentales y especializadas, deben contar con departamentos que atiendan los problemas de seguridad y no solamente enfocarse a la prevención de pérdidas, en declaración dada al Periódico Informador.
Yáñez explicó que al final de 2009 el robo entre las cadenas comerciales se ubicó en 7.8 mil millones de pesos, cifra que representa 1% de las ventas totales de las minoristas.
En términos totales, después de considerar el renglón de mermas, el monto de pérdidas para 2009 ascendió a 15.1 mil millones de pesos, dijo el directivo.
El tema de la inseguridad "por supuesto que está teniendo impacto, estamos preocupados y ocupados de ese tema", dijo Yáñez.

Conclusiones
Por lo que, la presente investigación permitirá a nuestros legisladores, a los encargados de administrar y aplicar la justicia, tener una visión real del problema, por tanto enfrentarlo de manera frontal y proponer medidas eficaces tendientes a resolverlo.
Por lo que considero que la reforma adecuada a estas necesidades seria que la sustracción ilícita de mercancías en tiendas departamentales se incorpore a nuestro marco normativo penal y  opere su persecución oficiosa por parte de la autoridad.


Fuentes de Investigación
Pavón Vasconcelos, Francisco.  Comentarios de derecho penal: (parte especial) robo, abuso de confianza y fraude. 6a. ed. actualizada. México, Porrúa, 1989.

Legislaciones
Código penal del estado de Jalisco
Código penal del estado de Yucatán
Código penal del estado de Quintana Roo
Código penal del estado de Aguascalientes
Código penal del estado de Morelos.

Diccionarios
Diccionario de Derecho/ Rafael de Pina, Rafael de Pina Vara. Edición Vigésima, Pie de Imprenta: México, Porrúa, 1994.

Internet
www.informador.com.mx/economia/2011/264425/6/endurece-antad-seguridad-en-tiendas.htm