Abraham
Flores Cárdenas
@HectorF01811621
La
presente investigación nace a raíz de la problemática que día a día ha surgido
entre taxistas y choferes de Uber. Los problemas que causa el hecho es de que
Uber como startup americana que proporciona una red de transporte a cualquier
persona a través de una aplicación móvil. La realidad es que Uber brinda el
servicio de transporte de personal en automóviles privados, sin contar con una
autorización por parte de la
Secretaría de Movilidad, o Autoridades competentes en materia
de Vialidad Tránsito y Transporté.
Al
estudiar la actividad de Uber, con lleva una serie de interrogantes ¿innovación
al transporte o moda? ¿Se requiere el servicio? ¿Cuál es la afectación que se
provoca al ramo de los taxistas? ¿Existe equidad entre Uber y los taxistas?
¿Existe la igualdad ante la Ley
de Movilidad de Transporte del Estado de Jalisco entre los taxistas y los Uber?
¿Se violan los derechos de los permisionarios, choferes taxistas?
El
hecho es que al prestar el servicio en autos particulares viola la Ley de Movilidad y Transporte
del Estado de Jalisco en sus diferentes numerales, 85, 98, 99, 114, 129, 187
por ejemplo el numeral 54º que establece sic. Es obligación de los conductores de vehículos de transporte público y
particular, para operar y conducir vehículos en el Estado, obtener y portar
consigo la licencia para conducir o permiso
vigente, con la modalidad, categoría y tipo de servicio de que se trate expedido por la Secretaría o Autoridades
competentes en materia de Vialidad Tránsito y Transporté. Así mismo afecta
en los derechos de los permisionarios, choferes de automóviles de taxi que han
estado registrados ante el Registro Estatal de la Secretaría de
Movilidad, para acreditar su antigüedad como choferes y así poder ser
acreedores de una concesión o autorización de taxi en el momento de la
publicación de la convocatoria que expida el Poder Ejecutivo.
Como
estudiosos del derecho debemos dar una solución a los problemas que surgen en
nuestra sociedad, propuesta donde la Ciudadanía como usuarios del Transporte Publico,
los Concesionarios como prestadores de servicio, y el Estado como regulador de
la movilidad, se evite que en la prestación de este servicio prevalezca el
interés particular violando los derechos ya adquiridos de muchos permisionarios
o choferes de taxis. Conflictos que se solucionarían
al Vetar Uber por violar los Derechos Humanos
de los permisionarios, choferes
taxistas, el Derecho de la Seguridad Económica ,
de la legalidad de los impuestos.
Hipotesis:
En
virtud de que UBER, asegura tener más de tres mil choferes en Guadalajara al
realizar el servicio de transporte de personal en automóviles privados, sin
contar con una autorización por parte de la Secretaría de
Movilidad, no se encuentra regulado dentro del Marco Jurídico de la Ley de Movilidad y Transporte
del Estado de Jalisco, por lo tanto no existe equidad entre Uber y los
taxistas, ni mucho menos igualdad ante la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de
Jalisco.
Es
probable que el permitir que Uber siga realizando sus actividades de
transporte, viola el Derecho de los concesionarios, choferes de taxistas en su
patrimonio de ingresos, el Derecho a la Seguridad Económica.
Por lo
tanto se espera que la actividad de Uber se vete toda vez que afecta los
derechos humanos de los permisionarios, choferes taxistas.