Ramón
Olivares Chávez
@Rolicha
El carácter que
se le imprimirá a éste proyecto de investigación será descriptivo y propositivo,
ya que trabajaré sobre la realidad jurídica y en la implementación del defensor
de las audiencias en México, como mecanismo garante establecido en la reforma
constitucional de telecomunicaciones del 11 de junio de 2013, la previsión del
legislador en el artículo 222 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión y la obligación del Instituto Federal de Telecomunicaciones a
expedir los Lineamientos sobre el Defensor de las Audiencias, como medida para
garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales consagrados
principalmente en los artículos 6º y 7º de la Constitución, relativo al
ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a recibir información que
fortalezcan el desarrollo democrático del país.
Un claro
objetivo de la reforma constitucional es que toda la población reciba los beneficios de la cultura,
para elevar el bienestar económico y social, garantizando el “libre acceso a la información plural y
oportuna, así como a buscar, recibir y difundir ideas de toda índole por cualquier
medio de expresión”, derecho fundamental consagrado en el Art. 6
Constitucional.
En el desarrollo
del trabajo se establecerá si el IFT con el proyecto de Lineamientos Generales
sobre el Defensor de las Audiencias, garantiza plenamente que se materialice
por un lado, que las señales de televisión radiodifundidas sean recibidas de
manera universal por la población, y por el otro lado que los contenidos que se
reciben a través del servicio de radiodifusión y de la televisión y audios
restringidos garantizan la libre formación de las opiniones públicas; en
consecuencia, si conforme a la teoría de los derechos fundamentales se hará una
realidad el derecho de los mexicanos a recibir información veraz, oportuna en
términos democráticos, y con los valores establecidos en la ley, con la más
alta evolución del derecho humano a la información y la cultura.
Considero que en
la conceptualización y creación de la reforma constitucional y la posterior
expedición de la nueva Ley federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en
las que se incorporaron nuevas figuras jurídicas como es el caso del Ombudsman o Defensor de las Audiencias,
así como el nuevo derecho de información y de las audiencias; el legislador
tomó algunos elementos o referencias que ya existían en otros países, así como
en resoluciones internacionales, por lo tanto desde el origen de los conceptos
a desarrollar estuvo presente el derecho comparado, por lo que mediante su
aplicación “podemos entender el origen de la institución jurídica”. [Hernández Apodaca, Samuel, Lecciones de Derecho Comparado, Editorial
PaideiaMx, Guadalajara, México, 2015, p. 66]
Es por lo que en
el análisis histórico del fenómeno jurídico a estudiar, se debe tomar en cuenta
los modelos que el legislador y también el organismo regulador “Instituto
Federal de telecomunicaciones” tomó para desarrollar la nueva legislación y
ordenamientos legales. Esto nos llevará a tener un mejor conocimiento del
Derecho Nacional. [Hernández
Apodaca, Samuel. Op. Cit., p. 35.]
En efecto, en el
trabajo de investigación se analizará la legislación a la luz del derecho
comparado y de los tratados internacionales, a fin de establecer si los límites
establecidos en la Constitución, se traducen en una obligación del Estado y de
los concesionarios de televisión abierta y de televisión restringida para
satisfacer el interés público y social de la sociedad como derecho de las audiencias
sobre los intereses privados, ya sean de los propios concesionarios y aún los
autorales, los conexos y los patrimoniales con fines especulativos de los
derechos de autor, que coadyuven a la formación de un nuevo derecho de medios.
Pero no
solamente el método y la disciplina del Derecho comparado estará presente en el
análisis histórico y como fuente de la creación de las nuevas figuras jurídicas
a investigar, sino que por supuesto se analizarán las figuras existentes en
otros países que ayuden a retroalimentar el sistema jurídico mexicano, por lo
tanto se expondrán de forma lo suficientemente extensa para que contribuyan a
las propuestas y conclusiones que tendrán el trabajo de investigación que
lleven a confirmar o a negar la hipótesis planteada que es la siguiente:
La expedición de
los lineamientos y mecanismos de la defensoría de las audiencias, permitirá una
actuación clara y activa del ombudsman
de las audiencias, lo que significará el ejercicio de la libertad de expresión
en los medios, y propiciará que el
derecho de las audiencias a la información y cultura genere un cambio en la
realidad democrática.
Asimismo, en el
protocolo del trabajo de investigación se está incluyendo el uso del método del
Derecho Comparado, para “comparar y contrastar” [Hernández Apodaca, Samuel. Op. Cit., p. 52] distintos ordenamientos jurídicos
que consideren el tema planteado y que nos lleven al fortalecimiento y solución
del propio que se desarrollará en el trabajo de investigación.
A raíz de la
clase tomada con el Doctor Samuel Hernández Apodaca se estará considerando
incluir dentro del capitulado del trabajo de investigación un tema relativo al
derecho comparado a efecto de darle más pesos a la tesis, por lo tanto se
empezará desde luego a recabar la información conducente, tanto del Derecho
europeo, del latinoamericano y sin descartar el estadounidense a pesar de ser
este un sistema jurídico distinto (common
law), pero por el peso que se ha dado a las libertades de información y el
derecho de las audiencias a recibirla en forma veraz, oportuna y con el fortalecimiento
de la cultura e identidades nacionales.